El cónyuge o pareja de hecho separado judicialmente o de hecho no tiene ningún derecho a la herencia, porque: Supuesto 1. Herencia intestada (caso de que no haya testamento) El cónyuge o pareja de hecho separado, no tiene ningún derecho en la herencia de la ex pareja, si ésta no ha hecho testamento. Artículo 442.6 Libro IV Código Civil Catalunya: “Falta de derecho a suceder El cónyuge viudo no tiene derecho a suceder ab intestato al causante si en…
